{"id":8194,"date":"2019-09-13T19:53:27","date_gmt":"2019-09-13T19:53:27","guid":{"rendered":"https:\/\/www.chandlerrosslaw.com\/?p=8194"},"modified":"2025-05-22T22:40:14","modified_gmt":"2025-05-22T22:40:14","slug":"nuevas-normas-para-probar-los-gastos-medicos-pasados","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.chandlerrosslaw.com\/es\/blog\/new-rules-for-proving-past-medical-expenses\/","title":{"rendered":"Nuevas normas para probar gastos m\u00e9dicos pasados mediante declaraci\u00f3n jurada"},"content":{"rendered":"<p><strong>Las nuevas normas relativas a la prueba de gastos m\u00e9dicos anteriores mediante declaraci\u00f3n jurada (18.001) y lo que significan para su pleito<\/strong><\/p>\n<p>Texas La Secci\u00f3n 18.001 del C\u00f3digo de Pr\u00e1cticas y Recursos Civiles es un estatuto procesal que permite a un demandante admitir como prueba declaraciones juradas con sus registros de facturaci\u00f3n m\u00e9dica que prueben la <strong><u>razonabilidad y necesidad<\/u><\/strong> de gastos anteriores en un <a href=\"https:\/\/www.chandlerrosslaw.com\/es\/danos-personales\/\">caso de lesiones personales<\/a>. En otras palabras, la Secci\u00f3n 18.001 permite a un demandante establecer probar sus gastos m\u00e9dicos pasados\u00a0<strong><em>por declaraci\u00f3n jurada en lugar de por testimonio en vivo de un experto<\/em><\/strong>\u00a0en el juicio.<\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/www.chandlerrosslaw.com\/wp-content\/uploads\/2019\/09\/medicalexpenses.jpg\"><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"alignnone size-full wp-image-8195\" src=\"https:\/\/www.chandlerrosslaw.com\/wp-content\/uploads\/2019\/09\/medicalexpenses.jpg\" alt=\"Gastos m\u00e9dicos\" width=\"768\" height=\"576\" srcset=\"https:\/\/www.chandlerrosslaw.com\/wp-content\/uploads\/2019\/09\/medicalexpenses.jpg 768w, https:\/\/www.chandlerrosslaw.com\/wp-content\/uploads\/2019\/09\/medicalexpenses-300x225.jpg 300w\" sizes=\"auto, (max-width: 768px) 100vw, 768px\" \/><\/a><\/p>\n<p>Sin embargo, la legislatura Texas aprob\u00f3 recientemente (y el gobernador Abbot firm\u00f3) <a href=\"https:\/\/ttla.us13.list-manage.com\/track\/click?u=6d685771168c7937b81c89b00&amp;id=92dac7c478&amp;e=98af326df1\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Proyecto de ley 1693<\/a>, que enmend\u00f3 el cap\u00edtulo 18.001 del Texas C\u00f3digo de Pr\u00e1cticas y Recursos Civiles que rige la admisibilidad de las Declaraciones Juradas y Contra-Declaraciones Juradas de Registros de Facturaci\u00f3n M\u00e9dica.<\/p>\n<p>Estas enmiendas son importantes porque los cambios afectan al alcance de las contra-declaraciones de gastos m\u00e9dicos 18.001, a los plazos aplicables y al procedimiento requerido.<\/p>\n<p>Es importante se\u00f1alar que estas enmiendas se aplican a <strong><u>todo<\/u><\/strong> demandas presentadas a partir de <strong><u>1 de septiembre de 2019<\/u><\/strong>.<\/p>\n<p><strong><u>La antigua regla<\/u><\/strong><\/p>\n<p>Texas C\u00f3digo de Pr\u00e1ctica Civil y Recursos\u00a0<a href=\"https:\/\/texas.public.law\/statutes\/tex._civ._practice_and_remedies_code_section_18.001\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">\u00a7 18.001<\/a>\u00a0es un estatuto procesal que prev\u00e9 el uso de declaraciones juradas para agilizar la prueba de lo razonable y necesario de los gastos m\u00e9dicos. El estatuto establece que una declaraci\u00f3n jurada que cumpla con la Secci\u00f3n 18.001 es prueba suficiente para respaldar la conclusi\u00f3n de hecho de un juez o jurado de que la cantidad cobrada era razonable o que el servicio era necesario.<\/p>\n<p>Bajo el antiguo lenguaje de 18.001, un demandante ten\u00eda hasta <strong><u>30 d\u00edas antes del juicio<\/u><\/strong> para presentar sus declaraciones juradas. Un demandado podr\u00eda impugnar las declaraciones juradas presentando una contra-declaraci\u00f3n jurada (tambi\u00e9n conocida como declaraci\u00f3n jurada de impugnaci\u00f3n) en un plazo de 30 d\u00edas tras haber sido notificado de las declaraciones juradas del demandante. <strong>Sin embargo, a menos que el demandado presentara una contra-declaraci\u00f3n adecuada, podr\u00eda <u>no<\/u> impugnar la razonabilidad y la necesidad del tratamiento\/los cargos en el juicio.<\/strong><\/p>\n<p><strong><u>Las nuevas reglas 18.001 bajo HB 1693<\/u><\/strong><\/p>\n<p>El nuevo lenguaje CPRC 18.001 bajo HB 1693 b\u00e1sicamente hace dos cosas:<\/p>\n<ol>\n<li>El lenguaje confirma que una declaraci\u00f3n jurada relativa a la razonabilidad y necesidad de las facturas y servicios m\u00e9dicos no apoya una conclusi\u00f3n de hecho de que un incidente caus\u00f3 las lesiones de un demandante; y<\/li>\n<li>El lenguaje altera los plazos del 18.001 para exigir al demandante que presente cualquier declaraci\u00f3n jurada <strong><u>mucho antes<\/u><\/strong> en litigio que permite a los demandados m\u00e1s tiempo para controvertir tales declaraciones juradas en la mayor\u00eda de los casos.<\/li>\n<li><strong>Causalidad seg\u00fan HB 1693<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>Antes de la aprobaci\u00f3n de la H.B. 1693, la mayor\u00eda de los tribunales de Texas reconoc\u00edan que las declaraciones juradas no refutadas en cumplimiento de la Secci\u00f3n 18.001 no <strong><u>no<\/u><\/strong> sustituyen a las pruebas que establecen un nexo causal entre la conducta del demandado y las lesiones de la demandante. Por lo tanto, incluso si una demandante presentaba una declaraci\u00f3n jurada de este tipo, segu\u00eda teniendo la carga de demostrar que sus lesiones y gastos m\u00e9dicos eran <strong><u>caus\u00f3<\/u><\/strong> por los actos u omisiones torticeros del demandado.<\/p>\n<p>Sin embargo, la H.B. 1693 aclar\u00f3 a\u00fan m\u00e1s el alcance de la Secci\u00f3n 18.001 en cuanto a la causalidad, a\u00f1adiendo espec\u00edficamente el texto en cursiva que figura a continuaci\u00f3n:<\/p>\n<p>(b) A menos que se presente una declaraci\u00f3n jurada controvertida seg\u00fan lo dispuesto en esta secci\u00f3n, una declaraci\u00f3n jurada de que la cantidad que una persona cobr\u00f3 por un servicio era razonable en el momento y lugar en que se prest\u00f3 el servicio y de que el servicio era necesario es prueba suficiente para apoyar una determinaci\u00f3n de hecho por parte de un juez o un jurado de que la cantidad cobrada era razonable o de que el servicio era necesario.\u00a0<em><strong>La declaraci\u00f3n jurada no es una prueba de y no apoya una conclusi\u00f3n del elemento de causalidad de la causa de la acci\u00f3n que es la base de la acci\u00f3n civil.<\/strong><\/em><\/p>\n<p>Adem\u00e1s, el legislador Texas tambi\u00e9n aclar\u00f3 el alcance de la Secci\u00f3n 18.001 en lo que respecta a las contra-declaraciones:<\/p>\n<p>(f) La contra-declaraci\u00f3n debe dar aviso razonable de la base sobre la cual la parte que la sirve pretende en el juicio controvertir la reclamaci\u00f3n reflejada por la declaraci\u00f3n jurada inicial y debe ser tomada ante una persona autorizada para administrar juramentos. La contra-declaraci\u00f3n debe ser hecha por una persona que est\u00e9 cualificada, por conocimiento, habilidad, experiencia, formaci\u00f3n, educaci\u00f3n u otra pericia, para testificar en contra de todo o parte de cualquiera de los asuntos contenidos en la declaraci\u00f3n jurada inicial.\u00a0<em><strong>La contra-declaraci\u00f3n jurada no puede utilizarse para controvertir el elemento de causalidad de la causa de la acci\u00f3n que fundamenta la acci\u00f3n civil.<\/strong><\/em><\/p>\n<p>Por lo tanto, ni la declaraci\u00f3n jurada inicial 18.001 ni la contra declaraci\u00f3n jurada pueden abordar la cuesti\u00f3n de la causalidad.<\/p>\n<p><strong>En otras palabras, un demandante no puede presentar una declaraci\u00f3n jurada 18.001 afirmando que las lesiones del demandante fueron causadas por un accidente. Del mismo modo, un demandado no puede presentar una declaraci\u00f3n jurada de impugnaci\u00f3n conforme a 18.001 afirmando que el accidente no caus\u00f3 las lesiones del demandante.<\/strong><\/p>\n<ol start=\"2\">\n<li><strong>Nuevo 18.001 Plazos seg\u00fan HB 1693<\/strong><\/li>\n<\/ol>\n<p>Adem\u00e1s de abordar el alcance de las declaraciones juradas de la Secci\u00f3n 18.001, la H.B. 1693 altera los plazos tanto para la notificaci\u00f3n de las declaraciones juradas iniciales como para la notificaci\u00f3n de las contra-declaraciones juradas:<\/p>\n<p>\"La parte que ofrezca la declaraci\u00f3n jurada como prueba deber\u00e1 notificar una copia de la declaraci\u00f3n jurada a cada una de las otras partes en el caso antes de:<\/p>\n<p>(1) 90 d\u00edas despu\u00e9s de la fecha en que el demandado presente una respuesta;<\/p>\n<p>(2) la fecha en que la parte oferente debe designar a cualquier perito en virtud de una orden judicial; o<\/p>\n<p>(3) la fecha en que la parte oferente debe designar a cualquier perito, tal y como exigen las Reglas de Procedimiento Civil Texas\".<\/p>\n<ol start=\"18\">\n<li>Como tal, los Demandantes ahora deben notificar sus declaraciones juradas 18.001 a un Demandado dentro de <strong><em><u>90 d\u00edas despu\u00e9s de que el demandado presente su respuesta<\/u><\/em><\/strong>Esto es importante porque se trata de un plazo mucho m\u00e1s r\u00e1pido que el anterior 18.001, que permit\u00eda al demandante esperar hasta 30 d\u00edas antes del juicio.<\/li>\n<li>Si una Orden Judicial o una parte de las Reglas de Procedimiento Civil Texas fijan el plazo de designaci\u00f3n de peritos del demandante\u00a0<strong><em><u>antes<\/u><\/em><\/strong>m\u00e1s de 90 d\u00edas despu\u00e9s de que el Demandado presente su Contestaci\u00f3n Original, entonces el Demandante deber\u00e1 entregar su declaraci\u00f3n jurada 18.001 por este <strong><em><u>antes<\/u><\/em><\/strong> fecha l\u00edmite para la designaci\u00f3n de expertos.<\/li>\n<li>El demandado debe notificar su contra-declaraci\u00f3n 18.001 al demandante en el plazo de<strong> <em><u>120 d\u00edas<\/u><\/em> <\/strong>despu\u00e9s de que el demandado presente su respuesta.<\/li>\n<li>De forma similar a las normas de la parte demandante indicadas anteriormente, si una orden judicial de las Texas Reglas de Procedimiento Civil establece la <strong><em><u>Designaci\u00f3n del experto del demandado<\/u><\/em><\/strong> a la vez <strong><em><u>antes<\/u><\/em><\/strong> que <strong><em><u>120 d\u00edas<\/u><\/em><\/strong> despu\u00e9s de la Respuesta inicial del Demandado, entonces el Demandado debe igualmente notificar su contra-declaraci\u00f3n por este <strong><em><u>antes<\/u><\/em><\/strong><\/li>\n<li>Si un demandante recibe tratamiento m\u00e9dico de un proveedor m\u00e9dico para la<strong>\u00a0<em><u>primera vez<\/u> <\/em><\/strong>despu\u00e9s de que un demandado presente su respuesta, entonces el demandante debe notificar su declaraci\u00f3n jurada 18.001 para ese proveedor al demandado antes del <strong><em><u>Plazo de designaci\u00f3n de expertos del demandante<\/u><\/em><\/strong> establecido por Orden Judicial o las Reglas de Procedimiento Civil Texas. Si un demandado recibe una declaraci\u00f3n jurada de tal proveedor m\u00e9dico, entonces el demandado tiene que <strong><em><u>30 d\u00edas<\/u><\/em><\/strong> o hasta su fecha l\u00edmite de designaci\u00f3n de expertos, lo que sea\u00a0<strong><em><u>m\u00e1s tarde<\/u><\/em><\/strong>.<\/li>\n<li>Si un demandante contin\u00faa recibiendo atenci\u00f3n m\u00e9dica de un proveedor m\u00e9dico despu\u00e9s de haber entregado una declaraci\u00f3n jurada 18.001, entonces el demandante puede presentar declaraciones juradas 18.001 suplementarias, en o antes del <strong><em><u>60<sup>th<\/sup> d\u00eda<\/u><\/em><\/strong> antes del juicio, y un demandado puede presentar una contra declaraci\u00f3n a esta declaraci\u00f3n jurada suplementaria en o antes del <strong><em><u>30<sup>th<\/sup>d\u00eda<\/u><\/em><\/strong> antes del juicio.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Consideraciones pr\u00e1cticas<\/strong><\/p>\n<ol>\n<li>Los demandantes tienen ahora unos plazos mucho m\u00e1s r\u00e1pidos a tener en cuenta a la hora de presentar una demanda. Los demandantes tendr\u00e1n que estar preparados con sus declaraciones juradas 18.001 antes de presentar una demanda, ya que ahora est\u00e1n obligados a entregar sus declaraciones juradas al inicio de la demanda (en un plazo de 90 d\u00edas a partir de la respuesta de los demandados) o los demandantes pueden verse obligados a demostrar que su tratamiento y gastos fueron razonables y necesarios en el juicio mediante el testimonio de expertos, lo que puede resultar extremadamente caro.<\/li>\n<li>Los demandantes necesitar\u00e1n disponer de antemano de todos sus historiales m\u00e9dicos y de facturaci\u00f3n, as\u00ed como de declaraciones juradas, en momentos mucho m\u00e1s tempranos del litigio.<\/li>\n<li>Con la agilizaci\u00f3n de los plazos tanto para los demandantes como para los demandados, prevemos ver m\u00e1s \u00d3rdenes de Calendario Acordadas que establezcan plazos acordados 18.001 y contra-declaraciones.<\/li>\n<li>A la hora de desarrollar \u00d3rdenes de Calendario Acordadas, el calendario de designaciones de peritos y\/o los plazos acordados de 18.001 y contra-declaraciones juradas van a ser cruciales. Analice los cuidados continuados de su cliente y aseg\u00farese de que los peritos se designan de forma que se d\u00e9 la mayor flexibilidad posible en la presentaci\u00f3n de declaraciones juradas de facturas m\u00e9dicas.<\/li>\n<li>Existen m\u00e9todos alternativos para probar los gastos m\u00e9dicos pasados (es decir, testimonio de expertos, declaraciones juradas y\/o declaraciones sobre preguntas escritas) que puede ser necesario emplear.<\/li>\n<\/ol>\n<p><strong>Los cambios en las normas procesales y\/o probatorias son definitivamente complejos y requieren la habilidad de un abogado experimentado que se mantenga al d\u00eda de todos los cambios en las leyes aplicables.  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